Carlos Guberman, Secretario de Hacienda, detalló las líneas generales del proyecto de "Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes
El proyecto de ley de
"Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes" se envió al Congreso como
un complemento de la "Ley de Bases". Dentro de sus puntos
más relevantes, hay temas tributarios como la reforma del Impuesto a las
Ganancias que empezó a regir en enero de 2024, entre otros.
En la apertura del
debate, Carlos Guberman se encargó de aclarar que si bien hay diferencias con
lo trabajado en enero, las mismas no son "sustanciales". Añadió que
lo más relevante es la inclusión del impuesto a los Ingresos Personales, algo
que antes se iba a tratar por separado.
En total, de acuerdo a Errepar, esta propuesta cuenta con ocho
secciones que se dividen en:
1) Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones
Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social
Se trata de la
moratoria y no difiere mucho de otros proyectos llevados a cabo con
anterioridad. Aunque el funcionario público agregó que "se incluyen
en este régimen la posibilidad de regularizar el Aporte Solidario y
Extraordinario".
Los planes de
facilidades de pago están seccionados en clases, según el sujeto que se acoja
al régimen, y su variación va de los 84 a 36 meses, todo depende de si son
empresas grandes, micro o pequeñas o individuos.
2) Régimen de regularización de activos
Esta parte se
encuentra relacionada con el blanqueo, donde se plantea una serie de etapas y
dependiendo de la misma, la alícuota incrementa con el correr del tiempo.
Si el monto no supera
100 mil dólares, la tasa es cero. Aunque si es dinero en efectivo que se
depositó en el sistema financiero o mediante una cuenta comitente especial, que
se mantenga hasta el 31 de diciembre del 2025, pagará tasa cero,
independientemente del monto. Los montos que superen los 100 mil dólares
estadounidenses comenzarán a pagar las distintas cuotas.
Para quienes residan
en el exterior, no tendrán habilitada la opción del blanqueo en efectivo.
3) Bienes Personales
En este punto, hay
dos cuestiones, la primera que es la posibilidad de generar el adelanto
por 5 años del impuesto. La segunda se centra en las modificaciones en las
escalas del impuesto hacia adelante, hasta 2027.
El Secretario de
Hacienda aclaró que quienes ingresen no se les puede cobrar una alícuota mayor
por conceptos relacionados a lo que actualmente es el impuesto a Bienes
Personales. Esto quedaría como una estabilidad hasta 2038.
4) Eliminación del impuesto a transferencia de inmuebles
Este apartado no
tiene ningún cambio, se mantiene como estaba planteado en el texto anterior.
5) Impuesto a los Ingresos Personales
Se plantea una
modificación, se fijan nuevas escalas y nuevas deducciones a términos de
montos. Se llevaría el mínimo no imponible a 1.800.000 para un soltero y
unos 2.300.000 pesos mensuales para una persona casada con dos progenitores.
Su actualización
sería de forma anual por el IPC para tener un indicador de carácter
"sencillo y que todo el mundo entienda".
Además, precisa la
derogación del impuesto cedular y la ratificación de las deducciones y de las
escalas que estuvieron vigentes en la última parte de 2023.
6) Monotributo
Trata un ajuste en
los tramos de los ingresos y habría una generalización de la escala a todo tipo
de contribuyentes. Se incrementarían los límites hasta los cuales se puede
pagar y se realizaría un acomodamiento en las alícuotas para hacerlo
"un impuesto más progresivo".
7) Transparencia fiscal al consumidor
Se busca brindar
mayor claridad para que cuando un consumidor haga una compra sepa que está
pagando y la carga tributaria de ese impuesto.
8) Otras medidas fiscales
Guberman dijo que lo
más importante es "tratar de evitar una situación en la que muchos
consumidores, pequeños comerciantes o empresas, ven afectados sus ingresos
por un cúmulo de retenciones que se hacen sobre las transferencias electrónicas,
en base a las aplicaciones de impuestos nacionales, provinciales o
municipales".
El monto mínimo desde
el cual se pueda aplicar el impuesto sería de 247 mil pesos.
¿Qué
ocurre con el Impuesto a las Ganancias?
Para este tributo en
particular, se eliminarían las exenciones a los bonos de productividad,
las horas extras y el SAC. Lo mismo para las guardias médicas y el
tratamiento especial a las horas extras gravadas.
Dentro de la
propuesta, aparece la vuelta al art. 30 tradicional y hay un incremento de los
topes de las deducciones personales. La actualización sería trimestral a partir
de abril del 2024 tomando como base el IPC.
Incluye la derogación
del impuesto cedular a los altos ingresos y se cambia el título a la 4ta
categoría. Hay adecuaciones a la escala del art. 94 y se actualiza cada tres
meses por el IPC desde abril de 2024.